ACTA
POLICIAL.
Se entiende por acta policial al documento
que la autoridad competente extiende a través de un escrito cuando hay un
motivo fundado donde se presume que se ha cometido un hecho punible, a los
fines de iniciar las investigaciones pertinentes.
CARACTERÍSTICAS DE UN ACTA POLICIAL.
Exactitud:
Requisito indispensable para redactar un acta; y para ser exacto, quien lo
escriba deberá apegarse a la verdad, ya que un acta es una relación exacta de
los datos que se hayan obtenido sin agregarles ni quitarles nada. Sin embargo,
es muy difícil lograr una exactitud completa en un acta.
Completa:
Debe contener todos los hechos y datos recogidos que tengan conexión con el
caso de que se trate. Los hechos parcialmente expuestos son tan desorientadores
como las falsedades, pues pueden crear una imagen falsa a la hora de revisar e
inducir a tomar una decisión que resulte paupérrima dentro del caso completo y,
como consecuencia, puede dar lugar a que se cometa una injusticia.
Secuencia:
El acta policial debe ser redactada en forma ordenada, siguiendo la secuencia
de las diligencias realizadas o de las investigaciones efectuadas de la misma
manera en que las realizó, sin saltos que puedan crear lagunas.
Brevedad:
El acta debe decir mucho en pocas palabras, no debe extenderse en innecesarios
comentarios que puedan generar confusión en la investigación, al acusador o
fiscal del Ministerio Público.
Imparcialidad:
El acta policial debe ser redactada con absoluta imparcialidad, sin tratar de
resaltar hechos u omitirlos, con la intención de desvirtuar la investigación, a favor o perjuicio de alguien en particular.
Forma correcta:
El acta policial debe estar redactada en forma correcta, atendiendo al formato
sugerido, mencionando los artículos del C.O.O.P. que la sustentan y avalan. El
acta debe ser en todo caso legible, sin errores ortográficos, limpios y bien
presentados.
Presentación:
No existe ningún artículo de ley que obligue a presentar el acta policial en
computador, por lo tanto el acta puede ser plasmada en manuscrito, a máquina de
escribir o en computadora. Debe ser presentada limpia y alineada.
¿QUE
DEBE CONTENER UN ACTA POLICIAL?
- Un relato exacto de los hechos, quien la suscriba debe atenerse a la verdad, sin quitar ni agregar nada, la integridad personal del funcionario se refleja en la veracidad y exactitud del acta.
- Debe relatar los hechos que conoció, como lo conoció, a qué hora, identificar plenamente a quien le informó y plasmar lo que le informó.
- Debe obtener el máximo de información acerca de los autores del hecho, las características físicas, la vestimenta, armas, las características especiales de estos y vehículos utilizados en caso de haberlos.
- Debe identificar plenamente a la víctima o las víctimas, así mismo a los posibles testigos. Debe interrogar verbalmente a los testigos, tomando nota individualmente de cada uno de ellos y de lo que le informa.
IMPORTANCIA
DE UN ACTA POLICIAL.
- El acta policial sirve para las estadísticas particulares del funcionario, pues de ella podrá desglosar cuantas detenciones practicó en un mes o en un año, cuantas armas recuperó, cuanta droga incautó, cuantos vehículos recuperó, cuantas armas blancas y de fuego decomisó, cuantas aprehensiones flagrantes practicó.
- Debe archivar una copia del documento en su carpeta particular. Le servirá en un futuro para documentarse cuando realice otra investigación que se relacione con la anterior.
- Es el respaldo legal de la actuación policial que avalará el procedimiento ante la sociedad, la superioridad, el Ministerio Público y los tribunales.
- Mediante las actas policiales, la división de operaciones elabora estadísticas generales.
- Por supuesto que las estadísticas individuales le servirán al funcionario a la hora de reclamar un reconocimiento o un ascenso. Con las copias de las actas policiales en mano, el funcionario podrá demostrar cuantos procedimientos realizó.
- A través del acta el funcionario informa a los superiores del trabajo realizado y del rendimiento obtenido.
MODELO DE ACTA
CUANDO SE PRACTICA UNA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA:
Acta
cuando se practica una Aprehensión en flagrancia; Quien de conformidad con lo
establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en
concordancia con los artículos 112, 117 numeral 8 deja constancia escrita de la
siguiente diligencia policial:
EJEMPLO:
República
Bolivariana de Venezuela.
Gobernación
del Estado Bolívar.
Secretaria
de Seguridad Ciudadana
Policía
del Estado Bolívar. Nro. ___________
ACTA POLICIAL
Ciudad
Bolívar, ____ de _______ del 2005.
En
esta fecha, ___ de ___ del año Dos mil cinco, siendo las _________horas de
_______ compareció por ante este Despacho, el Funcionario _______, adscrito a
_____ del Instituto Autónomo de Policía, Quien de conformidad con lo
establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en
concordancia con los artículos 112, 117 numeral 8 y 303 EJUSDEM, deja
constancia escrita de la siguiente diligencia policial:. En ______ del día de
hoy, aproximadamente a las ___ horas, encontrándome de servicio en _______,
acompañado de ______ en la Unidad ____ por instrucciones de __________ me
dirigí a ______ donde presuntamente se había cometido un delito de ______. Una
vez en el sitio antes mencionado, me entrevisté con ____, de nacionalidad
_____, de ___ años de edad, de estado civil ________, de profesión u oficio
_________ trabajando actualmente en _____, ubicado en _____, teléfono, ________
domiciliado en _________ teléfono _______ portador de la cédula de identidad
número _________ Quien me informó que: _______ En el sitio fueron identificados
como testigos presénciales del hecho los ciudadanos _____ (Se deben identificar
plenamente a los testigos) ___ Seguidamente procedimos a librar boleta de
citación al ciudadano y a los testigos a fin de que comparezcan por ante el
Departamento de Sustanciación de ____ ubicado en ____ para ser entrevistados
por escrito con relación a los hechos que se averiguan. Seguidamente procedimos
a efectuar un recorrido por la zona, observando que en ________ se encontraba
un ciudadano con las mismas características señaladas por la víctima del hecho,
por lo que inmediatamente procedimos a efectuarle un registro a personas,
observando las normas pautadas en el Artículo 205 del Código Orgánico Procesal
Penal y al efectuar el registro de entre sus ropas, exactamente en _____
localizamos ____ que guarda las características señaladas por la víctima como
uno de los objetos de que fue despojado, por lo que inmediatamente, informamos
al ciudadano que se encontraba aprehendido, indicándole los motivos e
informándole sus derechos, insertos en el Artículo 125 del C.O.P.P. como lo
establece el numeral seis del Artículo 117 EJUSDEM. Seguidamente trasladamos el
aprehendido a ____ donde se entregó a _____ y se informó al ciudadano Abogado
_____ Fiscal ________ del Ministerio Público, de Guardia en el día de hoy,
cumpliendo con lo establecido en los Artículos 113 y 373 del C.O.P.P. Es todo,
se terminó, se leyó y conformes firman: EL EXPONENTE ________________________EL
RECEPTOR ________________________
NATURALEZA
DEL ACTA POLICÍA:
Tiene
carácter de documento administrativo.
Se
evita el punto y aparte, para no dejar espacios de papel en blanco.
No
se borra ningún error, se salva al final.
Da fe de un acto realizado por el funcionario policial o realizado en su
presencia.
VICIOS
DE LAS ACTAS POLICIALES:
Vicio
del omnisciente: El instructor sabe más que los personajes.
Vicios
del deficiente: El narrador comunica solo lo que ve, oye o le cuentan, se lo denomina
narrador testigo o cronista del aquiescente.
El
narrador conoce lo mismo que sus personajes.
¿CUANDO
SE PLASMA UN ACTA POLICIAL?
Cuando
el funcionario acude a un determinado
lugar con la intención de verificar la comisión de un delito.
Cuando
el funcionario se encuentra en un sitio de sucesos. Asimismo se plasma la
entrevista de la (s) víctima (s) y testigo (s) que pueda aportar información
que sirva para esclarecer lo sucedido e identificar al o a los autores.
Cuando
el funcionario se dirige a una dirección determinada con el objeto de entregar
una citación y esta es recibida por el propio citado, por un familiar o
allegado al citado
Cuando
el funcionario entrega una citación a un testigo, víctima o imputado.
Cuando
el funcionario se dirige en solicitud de una persona a determinada dirección y
esta dirección resulta falsa.
Cuando
el funcionario realiza determinada diligencia relacionada con una
investigación.
Cuando
el funcionario, durante el recorrido, observa una anormalidad que presuma la
comisión de un delito.
Cuando
el funcionario recupera un vehículo abandonado u objeto de delito.
Por
último, es importante que el funcionario actuante sea el mismo que realiza el
acta, ya que en la práctica es sabido que quienes redactan el acta son funcionarios
que no participaron en el procedimiento, sino que en muchos casos su labor
exclusiva es esta, lo que trae como consecuencia que en el acta policial se
cometan tantos errores.
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